LOSFENOMENOSDELHIPISMO
  El dopaje-doping en caballos de competición (Parte 1)
 

INTRODUCCIÓN

En este trabajo abordamos algunos aspectos intrínsecos al deporte de caballos de competición, prestando especial interés sobre los controles del dopaje-doping (sinónimos) y los procesos que lo configuran bajo las normas de la Federación Equestre Internacional (F.E.I.) y el código de carreras de la Sociedad de Fomento de Cría Caballar de España (SFCCE), que en esencia sigue las mismas normas y directrices que la mayor parte de los reglamentos vigentes en los hipódromos europeos. Hablamos también de las acciones legales y sancionadores encaminadas a la represión del mismo.

El dopaje es un tema de continua actualidad. Hasta hace unas décadas solo en círculos estrictamente deportivos se prestaba una relativa atención a este problema que se conoce como "doping", aunque la práctica sea tan antigua como la misma actividad deportiva.

El concepto de dopaje no ofrece dudas para los deportistas. Cuando un propietario, jinete o preparador, dopa lo hace porque pretende, por medios artificiales, y a veces peligrosos, preparar mejor una determinada prueba, lograr un mayor o a veces menor rendimiento durante la misma o conseguir una recuperación rápida después de competir. Se dopa para aumentar el rendimiento en busca de dinero, prestigio social o nacional, o también para disminuir el rendimiento y evitar que otros competidores consigan sus objetivos.

El doping en animales de deporte y espectáculo ha existido desde la más remota antigüedad. En la mitología se relatan numerosos ejemplos: Diómedes, hijo de Aries y Cierne, alimentaba a sus caballos con carne humana para hacerlos salvajes e invencibles. Medea usaba opiáceos y estupefacientes con el dragón que guardaba el "Toisón de oro". En el libro de los Macabeos hay referencias del uso de jugos (uvas y moras) como bebedizos para los elefantes con el fin de excitarlos antes de entrar en batalla. Phylostratos (Croisier, R.1948) cuenta que, tres siglos antes de Jesucristo, los participantes en las olimpiadas empleaban pócimas para mejorar su capacidad atlética.

Morgan, C.E., 1958, asegura que en la antigua Roma, una solución acuosa de miel llamada "hidromel o hidromiel" era dada a los caballos que competían para mejorar el rendimiento. Presumiblemente el compuesto activo era el alcohol etílico que se formaba al cabo de unos días de hecha la mezcla.

En el siglo XVIII en Inglaterra, a los caballos que competían se les daba bebidas alcohólicas para animarlos (Aries, R.1965).

Rumores han existido y existen sobre el empleo de sustancias prohibidas en animales destinados al deporte o el espectáculo.

El abanico de especies o grupos de animales afectados es de lo más variado y alcanza a toros bravos, bueyes de arrastre, gallos y perros de pelea, galgos de caza y de canódromo, caballos de carreras, concurso hípico, trote, polo rejoneo, caballos de picar..., y en general cualquier animal utilizado para el deporte o el espectáculo puede ser susceptible de este tipo de manipulación.

Ahora bien, existiendo sospechas muy fundadas sobre estas prácticas fraudulentas, por el momento solo se efectúan controles para reprimir el doping en los caballos, en los toros de lidia se hacen controles, Real Decreto 1451/1996 de 2 de febrero (BOE 2 de marzo de 1996). Por el momento no se han publicado los resultados.

En España, en los hipódromos oficiales se realizan pruebas de control desde 1957. Es el único deporte practicado con animales del que disponemos de datos concretos y fiables al respecto, en los concursos nacionales desde la misma fecha y en concursos internacionales dentro del Programa de la Federación Equestre Internacional, del Medication Control Program (MCP-Programa de Control de la Medicación) desde 1991, en España se empezó en 1992.

PROPUESTAS DE DEFINICIÓN DE DOPAJE

Definimos el término Doping como: la administración ilícita de fármacos o de otros agentes en animales de competición con la intención de alterar su rendimiento físico, ya sea en sentido positivo o negativo.

En 1949, Chailley-Bert definió el Doping como todo uso de sustancias o de prácticas estimulantes que exageraban el rendimiento de un individuo, citado por Cagigal, J.M. 1976.

Después se suceden definiciones con más o menos acierto hasta llegar al primer Congreso Internacional de Derecho del Deporte (1968), en el que se propuso como definición de dopaje: "La ingestión, por un individuo normal, por si mismo o por inducción de otra persona, de algún producto o sustancia química que altere, modifique o restrinja directamente, o por sus efectos secundarios, la calidad de la participación de este individuo en una competición deportiva, independientemente de la vía por la que tal sustancia o producto se le haya administrado, así como también de la cantidad, contenido o preparación del producto, sin que se pueda alegar, como atenuante de la responsabilidad, el estar incapacitado temporalmente por lesión o enfermedad, ya que, en tales circunstancias, debe impedírsele competir".

En general la mayor parte de las definiciones se refieren a mejorar el rendimiento. En América del Norte, las autoridades consideran el término doping o su sinónimo actual "dopaje" como muy impreciso y preconizan su cambio por el de "tratamiento ilegal", lo que entraña que algunas terapias estén autorizadas.

En personas, el dopaje se define como la utilización de productos prohibidos, inscritos en una lista establecida a nivel internacional.

Para la especie equina en el código de carrera o reglamentos se indica que ningún caballo declarado participante debe poseer en sus tejidos, fluidos corporales o excreciones, ninguna sustancia o metabolito de sustancias prohibidas, o ninguna sustancia que aunque de origen endógeno se encuentre en una concentración más elevada de los niveles considerados como habituales.

CONTROL DE LA MEDICACIÓN, REPRESIÓN DEL DOPAJE-DOPING

Como introducción a nuestro trabajo no está por demás precisar algunos de los motivos que conducen a prever una represión para los actos de doping.

La práctica de dopaje atenta contra todos los principios de la ética deportiva. Deteriora la salud de los animales afectados porque tienen que soportar el efecto de sustancias nocivas.

Generalmente el dopaje lo practican persona no profesionales sin respeto a las reglas de asepsia. El dopaje afecta al plan de cría, en la medida que puede interferir en la selección y la reproducción.

Toda política de selección fundada en los resultados obtenidos en competición fracasa, si los rendimientos conseguidos no son atribuibles a la calidad intrínseca del caballo. Puede darse el caso de seleccionar como reproductores a caballos con una calidad mediocre. También podría ocurrir que animales con una carga genética interesante queden estériles por los tratamientos prolongados con anabolizantes y otras sustancias.

En los textos reglamentarios actualmente hay dos tendencias que se refieren al control el cuantitativo y el cualitativo.

CONTROL CUALITATIVO Y CUANTITATIVO

En los últimos años se ha registrado un gran progreso en la analítica dominante y en especial en la sensibilidad de los métodos de control. Los riesgos de descalificación son grandes, sin que quede demostrado que las cantidades ínfimas residuales que aparecen en algunos casos sean susceptibles de modificar la actuación de un determinado caballo en competición. Atendiendo a esta evolución son dos los tipos de reglamento que existen actualmente: uno restrictivo, y otro basado en una medicación controlada.

REGLAMENTO RESTRICTIVO

Se basa en los siguientes principios: En el momento de la prueba, los caballos deben estar en las mejores condiciones de forma y salud. Queda excluida la posibilidad de restaurar el estado físico de un caballo para participar en una prueba.

Esta óptica prohíbe la administración de sustancias dotadas de propiedades farmacológicas capaces de modificar el comportamiento de los caballos en el curso de la competición, ésta es la opinión generalizada en los hipódromos europeos

Este tipo de reglamentos presenta como contrapartida la imposibilidad de utilizar ningún tipo de tratamiento durante la temporada de competición por la posibilidad de que aparezcan sustancias farmacológicas prohibidas aunque sólo sea en concentraciones de pico-gramos. El conocer perfectamente el tiempo de eliminación de una sustancia no es fácil pues depende principalmente del método de análisis utilizado y la posibilidad de determinar cantidades ínfimas de producto.

Es significativo constatar que en el año 1960 se recomendaba una interrupción válida para todos los tratamientos de 48-72 horas. Hacia 1975, este plazo pasó a 7-8 días. En la actualidad, con la evolución de los métodos este período de supresión para algunas sustancias es de meses.

Este reglamento restrictivo parece incompatible con el ejercicio de la medicina equina en temporada de competición. En este sentido, el argumento de la protección de la salud animal, antes mencionada tiene una doble vertiente. En efecto, los caballos no pueden soportar medicinas nocivas, pero tampoco pueden ser tratados de una afección si queremos que el animal participe a lo largo de una temporada. Esto da paso a que algunos reglamentos permitan una medicación controlada.

 MEDICACIÓN CONTROLADA

Esta corriente de opinión defiende la utilización de agentes terapéuticos en cantidad razonable, con intención únicamente curativa, y por lo tanto no tienen influencia sobre el rendimiento, permiten por lo tanto, el uso terapéutico aunque no el abuso. Esta es la opinión de la Federación Equestre Internacional (F.E.I.) que para precisar su actuación dentro de esta opinión, publica las concentraciones máximas de algunos productos presentes en líquidos biológicos, esta forma de actuación se perpetuó durante años, para la fenilbutazona y la oxifenilbutazona, la concentración plasmática máxima acumulada podía ser de 2 mg/ml.

Estas sustancias quedaron prohibidas en 1993, sin embargo la FEI, permite medicación controlada en caso de enfermedad del animal autorizado por el Presidente de la Comisión de Veterinarios, con el visto bueno del Presidente del Jurado de campo.

En el caso de sustancias naturales presentes en el organismo o en la alimentación del caballo, la cuantificación parece necesaria.

Para las hormonas (corticoides, hormonas sexuales ...) es difícil precisar valores máximos. El metabolismo hormonal sufre numerosas variaciones, en función de la edad, sexo, condiciones fisiopatológicas (estrés, esfuerzo...) ...

Por otra parte, hay sustancias que pueden estar contenidas en los alimentos y están consideradas como dopantes, para ellas también se limitan las concentraciones.

DIFICULTADES DEL CONTROL

Debemos conocer que la represión del doping siempre se ha considerado como una tentativa difícil. La razón es doble, por una parte hay que atender a las dificultades técnicas de las pruebas, y por otra, a los varios criterios que sobre el doping existen en los distintos países del mundo. La complejidad técnica es evidente, al menos son 400 las sustancias de uso común en medicina equina. Pero podemos considerar que son más de 63.000 los principios activos que se pueden utilizar y que podrían alterar el rendimiento de los caballos destinados al deporte. Por lo tanto, el número concreto de sustancias detectables en los líquidos orgánicos de los caballos es enormemente grande.

Otros factores que complican el problema están representados por el hecho de que cada agente se administra a una dosis específica y se metaboliza por un camino distinto. Las dosis pueden variar desde cientos de gramos hasta partes por millón de producto activo.

El tiempo de permanencia de los diferentes fármacos en el organismo animal es muy variable, oscila minutos (media hora) hasta 2-5 días, que es el período de tiempo más frecuente, y en algunos casos pueden permanecer meses, tal es el caso de los anabolizantes, o años, como la reserpina.

La posibilidad de detectar algún fármaco en un caballo depende de la cantidad de producto administrado. Si una sustancia se aplica en dosis de gramos, fenilbutazona, y la vida media en plasma es alta, sus metabolitos pueden ser detectados en plasma y orina durante largos periodos de tiempo, por el contrario, si el fármaco se suministra en pequeñas cantidades (1 mg más o menos) y se elimina rápidamente, la dificultad para ser detectado es grande.

Durante años el fentanil (narcótico) que se administraba a la dosis de 1 mg o menos por caballo fue virtualmente indetectable, en la actualidad, esta situación está superada con la introducción de nuevas técnicas analíticas.

Otro factor a considerar es la sensibilidad del test que puede facilitar la localización de una sustancia. Por ejemplo, la fenilbutazona no es difícil de detectar, pero el flunixin (Finadyne) se administra a dosis más bajas que la fenilbutazona y se depura más rápidamente, por lo que resulta más difícil su detección.

Otro factor lo constituyen las variaciones individuales, por ejemplo, la dosis terapéutica de fenilbutazona dada a varios caballos durante 4 días, produce unos niveles de sustancia en sangre significativamente diferentes en los distintos animales (Tobin, 1981). Sin lugar a dudas, uno de los factores que más condicionan la eliminación renal de una sustancia es la acidez de la orina.

CONTROL DE LA MEDICACIÓN DE ACUERDO CON EL REGLAMENTO F.E.I.

La finalidad de todas las competiciones organizadas bajo las normas de la F.E.I. es conseguir que todos los participantes actúen en condiciones de igualdad tanto caballos como los jinetes y que el resultado de la competición sea el resultado de sus propios méritos. Por lo tanto, las muestras biológicas tomadas de tejidos orgánicos, fluidos corporales o excreciones de los caballos durante la competición no podrán contener "sustancias prohibidas".

El término "sustancia prohibida", hace referencia a un producto, al metabolito o metabolitos del producto, y a sus isomeros de origen exógenos citados en la lista de sustancias prohibidas.

 
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